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Establecer una filial en España

Establecer una filial en España

Una filial española es una forma de sociedad cuyo capital es propiedad de una empresa extranjera. Incluso si el capital lo aporta la empresa extranjera, la filial se considera una entidad jurídica independiente y la responsabilidad de sus socios está limitada por su contribución al capital. Nuestro equipo de consultores de registro de empresas españolas puede proporcionarle asistencia detallada sobre el procedimiento para abrir una sucursal en una ciudad española.

 Breve información  
Ley aplicable (país de origen/país extranjero)  Ley española de las sociedades 

 Mejor utilizada para actividades

– bancarias,

 – seguros,

– automóviles,

– TI y C,

– comercio

 Capital social mínimo

Sí 

Plazo de establecimiento (aprox.)  Aprox. 2 meses 
 Gestión (local/extranjera)

Local

¿Es necesario un representante legal?

No 

¿Cuenta bancaria local?

Sí 

 Independencia de la empresa matriz

Sí 

La responsabilidad de la empresa matriz  

 No, la filial es totalmente responsable

 Tasa del impuesto de sociedades 25% 
 La posibilidad de contratar personal local

Sí 

La tributación de una filial puede diferir, dependiendo de la existencia de diferentes tratados internacionales. Por ejemplo, no existe ninguna retención en origen sobre los dividendos pagados a una empresa extranjera originaria de un país de la UE. Además, numerosos tratados de doble imposición firmados por España estipulan que los beneficios sólo tributan en el país de origen de las empresas extranjeras.

Las reglas para registrar una filial española

Una filial establecida en España tiene la consideración jurídica de sociedad local y debe seguir las mismas normas que marca la Ley Mercantil española. Para abrir una filial en España, los representantes de la sociedad matriz deberán adoptar una decisión al efecto durante la junta general de los socios.

Puede optar por abrir una filial en España formando una Sociedad Limitada (SL). El régimen fiscal simplificado es aplicable bajo determinadas condiciones.

La resolución deberá estar traducida legalmente al español y deberá ir acompañada de certificación del consulado español correspondiente de que la sociedad extranjera realmente existe y está legalmente constituida. Los fundadores deberán consultar el nombre de la filial en el Registro Mercantil Central y reservar el nombre disponible, siguiendo los requisitos estándar impuestos a otro tipo de empresas que se registran en este país, y nuestro equipo de asesores en registro de empresas españolas puede asesorarles en este trámite.

Respecto al registro del nombre de una empresa, que se realiza a través del Registro Mercantil Central, debemos saber que la institución cobrará tarifas específicas. La solicitud de un certificado de denominación social rondará los 6€, y la emisión del certificado también costará 6€. Los interesados en obtener el justificante del certificado de nombre comercial deberán abonar 1,50 €. Cualquier otra información de interés para un tercero sobre una determinada empresa estará sujeta a diversas tarifas.

¿Puede una filial en España formar una Agrupación Europea de Interés Económico?

Sí, una filial en España o una filial con residencia fiscal en otro país miembro de la Unión Europea (UE) puede formar una Agrupación Europea de Interés Económico. Es importante saber que las empresas de fuera de la UE también pueden formar una Agrupación Europea de Interés Económico, siempre que realicen su actividad a través de una sucursal en la UE, que respete la legislación comunitaria pertinente y que tenga una dirección central a nivel comunitario.

El principal requisito para la constitución de una Agrupación Europea de Interés Económico es que las empresas que la forman sean de distintos países de la UE (al menos dos de las empresas). Nuestro equipo de asesores en registro de empresas españolas puede facilitarle más información sobre las ventajas de constituir una Agrupación Europea de Interés Económico en este país.
El establecimiento de una filial en España se realiza en aproximadamente 2 meses, de conformidad con la Ley de Sociedades de Capital española. Uno de nuestros agentes locales en español puede brindarle apoyo en este esfuerzo.

Nuestros agentes de formación de empresas en España pueden brindarle más detalles sobre el Registro Mercantil y ayudarlo a establecer un negocio en este país. Comuníquese con nuestros representantes para obtener más ayuda.